SINDICATOS. ANTE LA OMISIÓN DE LA LEY DEL SERVICIO CIVIL PARA LOS EMPLEADOS DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE OAXACA DE JUÁREZ, DE ESTABLECER LOS REQUISITOS PARA SU REGISTRO, DEBE APLICARSE SUPLETORIAMENTE, POR MAYOR EQUIDAD, LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO Y NO LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
Texto de la tesis
El artículo 7o., párrafo segundo, de la Ley del Servicio Civil para los Empleados del H. Ayuntamiento del Municipio de Oaxaca de Juárez, establece que los casos no previstos en ésta, se resolverán conforme a sus lineamientos generales, a la mayor igualdad y a las exigencias que reclaman los servicios públicos en bien de la sociedad y que están a cargo del Ayuntamiento. Ahora bien, ante la omisión de la referida ley de establecer los requisitos para obtener el registro sindical, debe aplicarse supletoriamente, por mayor equidad, el artículo 72 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio d...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.