IUSera
Registro digital 2004689 · Tesis aislada · 10a. Época · XX.3o.3 L (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

DESPIDO INJUSTIFICADO. TRATÁNDOSE DEL ALEGADO POR UN TRABAJADOR DE CONFIANZA AL SERVICIO DEL ESTADO, LA AUTORIDAD RESPONSABLE ESTÁ OBLIGADA A ESTUDIARLO PARA DETERMINAR LA PROCEDENCIA DEL PAGO DE LOS SALARIOS CAÍDOS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIAPAS).

Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De una interpretación sistemática de los artículos 1o., 3o., 5o., 6o., 7o., 31, 31 Ter y 32 de la Ley del Servicio Civil del Estado y los Municipios de Chiapas, se advierte que los trabajadores de confianza tienen el derecho a reclamar, entre otras prestaciones, el pago de los salarios caídos con motivo del despido injustificado, al igual que los de base, pues refiere que ningún trabajador (sea de confianza, de base e interino) podrá ser cesado, sino únicamente cuando exista una causa justificada. Por ende, no obstante que el trabajador se haya desempeñado con la categoría de confianza y que n...

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