IUSera
Registro digital 2004600 · Tesis aislada · 10a. Época · IV.2o.A.34 K (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

SUSPENSIÓN DEFINITIVA EN EL AMPARO. LA RESOLUCIÓN DE ALZADA QUE EXIME AL QUEJOSO DE EXHIBIR LA GARANTÍA A QUE SE CONDICIONÓ DICHA MEDIDA, DADOS SUS EFECTOS RETROACTIVOS, OBLIGA AL JUEZ DE DISTRITO A PRECISAR LA CONDUCTA QUE MATERIALMENTE DEBE REALIZAR CADA UNA DE LAS AUTORIDADES VINCULADAS A CUMPLIRLA (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 2 DE ABRIL DE 2013).

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Si, por una parte, la suspensión definitiva del acto reclamado deja de surtir efectos debido a que no se exhibió la garantía dentro del término al que se condicionó y, por ende, las autoridades continúan con la ejecución de dicho acto y, por otra, en la alzada se exime al quejoso de exhibir dicha garantía, esta resolución produce efectos retroactivos conforme al segundo párrafo del artículo 139 de la Ley de Amparo, vigente hasta el 2 de abril de 2013. Por tanto, para asegurar el debido cumplimiento y ejecución de la medida precautoria, el Juez de Distrito debe precisar la conducta que material...

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