IUSera
Registro digital 2004593 · Jurisprudencia · 10a. Época · 2a./J. 125/2013 (10a.) · Segunda Sala

SUBCUENTA DE VIVIENDA EN LOS REGÍMENES 92 Y 97. EL ARTÍCULO 141, FRACCIÓN II, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO ES INAPLICABLE PARA DETERMINAR LA DEVOLUCIÓN DE ESOS RECURSOS.

Laboral y Seguridad Social Financiero y Bancario
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Texto de la tesis

A partir de las reformas a las Leyes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y del Seguro Social, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 24 de febrero de 1992, la fracción II del artículo 141 de la Ley Federal del Trabajo dejó de tener aplicación en cuanto a los requisitos para la devolución de los recursos de la subcuenta de vivienda correspondientes al "Régimen 92", porque se eliminó del artículo 41 de la ley citada en primer término, la referencia sobre cómo debía entenderse que un trabajador había dejado de estar sujeto a una relación de trabajo,...

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