SEGURO SOCIAL. EL FONDO DE AHORRO ES UNA PRESTACIÓN QUE TAMBIÉN SE CUBRE A SUS TRABAJADORES JUBILADOS POR AÑOS DE SERVICIOS.
Texto de la tesis
El artículo 7 del Régimen de Jubilaciones y Pensiones del Instituto Mexicano del Seguro Social establece que los jubilados y pensionados recibirán anualmente, en el mes de julio, por concepto de fondo de ahorro, el equivalente al número de días a que se refiere la cláusula 144 del contrato colectivo de trabajo, del monto mensual de la jubilación o pensión, condicionando el pago completo a que el jubilado o pensionado por edad avanzada o vejez hubiera aportado por el concepto de fondo de ahorro al fondo de jubilaciones y pensiones, durante los últimos 5 años previos a la fecha del disfrute de l...
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