IUSera
Registro digital 2004557 · Tesis aislada · 10a. Época · XXVII.1o.(VIII Región) 27 L (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

PRUEBA CONFESIONAL EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. SI DURANTE LA DILIGENCIA EN QUE TENDRÍA LUGAR SU DESAHOGO SE CONSTATA QUE EL ABSOLVENTE NO FUE NOTIFICADO CON LA ANTICIPACIÓN DEBIDA, PROCEDE SU DIFERIMIENTO.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

El artículo 748 de la Ley Federal del Trabajo dispone que cualquier notificación debe realizarse por lo menos con veinticuatro horas de anticipación del día y hora en que debe efectuarse la diligencia, extremo que es aplicable a la citación para absolver posiciones, conforme a la jurisprudencia 2a./J. 54/2010, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXI, mayo de 2010, página 829, de rubro: "CITACIÓN PARA ABSOLVER POSICIONES EN EL JUICIO LABORAL. EL PLAZO PARA QUE SE REALICE ES EL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 748 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.". En ese te...

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