OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS. CORRESPONDE A LOS JUECES DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA LA COMPETENCIA PARA CONOCER DE LAS CONTROVERSIAS SUSCITADAS CON MOTIVO DE LA INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS CELEBRADOS POR LOS PARTICULARES CON LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN CON CARGO TOTAL O PARCIAL A RECURSOS FEDERALES, EN TÉRMINOS DE LA LEY RELATIVA.
Texto de la tesis
De la interpretación sistemática de los artículos 15, 103 y 104 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se colige que las controversias sobre los actos, contratos y convenios que las dependencias y entidades de la administración pública federal celebren en contravención a esa ley, serán resueltas por los "tribunales federales", en los casos en que no se haya pactado cláusula arbitral o medio alterno de solución de controversias, o éste resulte inaplicable, y que ello se aplicará a las entidades federativas sólo cuando sus leyes no regulen expresamente la forma en q...
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