MENORES DE EDAD. SU PARTICIPACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO JUDICIAL DEBE PREPARARSE PREVIAMENTE MEDIANTE ACTOS ESPECIALES QUE PRESERVEN SU SALUD PSÍCO-EMOCIONAL, ASÍ COMO SU IDENTIDAD (IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA QUIENES IMPARTEN JUSTICIA EN CASOS QUE AFECTEN A NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EXPEDIDO POR LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN).
Texto de la tesis
Según se advierte del mencionado protocolo, el derecho de participación del niño no debe conceptuarse como una mera citación para que declare libremente sobre determinados hechos o temas, sino que esa participación debe estar previamente preparada y diseñada no sólo en cuanto al punto sobre el que se pretende que el niño deponga sino, además, respecto de la asistencia profesional anterior a la cita judicial, en la que se le explique por un especialista neutral a las partes la razón de su próxima intervención, el contenido y su posible duración, la libertad de que goza tanto para declarar como...
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