IUSera
Registro digital 2004470 · Tesis aislada · 10a. Época · XXVII.1o.(VIII Región) 29 L (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

DESCANSO DE MEDIA HORA EN JORNADA CONTINUA. CUANDO SE RECLAME SU PAGO POR HABERLA LABORADO, EN EL ANÁLISIS DE LA PROCEDENCIA DE LA ACCIÓN EL ÓRGANO JURISDICCIONAL DEBE ESTUDIAR LA VEROSIMILITUD DE LOS HECHOS EN QUE SE APOYA.

Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 63 de la Ley Federal del Trabajo establece que durante la jornada continua debe otorgarse a los trabajadores un descanso de, por lo menos, media hora (ya que en medicina de trabajo se ha demostrado que el trabajo continuo durante la jornada máxima es perjudicial para la salud del trabajador, premisa que aplica por mayoría de razón para las jornadas extendidas), de suerte que cuando un trabajador demanda su pago y afirma que en vez de concedérsele tal descanso lo laboró, corresponde al patrón demostrar lo contrario; sin embargo, cuando la pretensión de pago de ese concepto se funda...

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