IUSera
Registro digital 2004455 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. CCLVIII/2013 (10a.) · Primera Sala

DEPÓSITOS EN EFECTIVO. EL ARTÍCULO 7, PÁRRAFO QUINTO, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, NO TRANSGREDE EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA SEGURIDAD JURÍDICA.

Constitucional y Amparo Fiscal y Hacendario
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Texto de la tesis

El precepto y párrafo citados prevén que cuando el contribuyente no acredite en un ejercicio el impuesto establecido en esa ley efectivamente pagado, pudiendo haberlo hecho conforme al propio artículo, perderá el derecho a hacerlo en los ejercicios posteriores y hasta por la cantidad por la que pudo haberlo efectuado. Ahora bien, el hecho de que el artículo 7, párrafo quinto, de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, no contenga los plazos para que la autoridad fiscal ejerza sus facultades de comprobación no implica una transgresión al derecho fundamental a la seguridad jurídica cont...

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