DEPÓSITOS EN EFECTIVO. EL ARTÍCULO 2, FRACCIÓN III, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, AL PREVER UNA EXENCIÓN HASTA POR UN MONTO ACUMULADO DE $15,000.00 MENSUALES POR CADA INSTITUCIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO, NO VULNERA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA.
Texto de la tesis
El citado precepto dispone que no estarán obligadas al pago del impuesto las personas físicas y morales por los depósitos en efectivo realizados en sus cuentas hasta por un monto acumulado de $15,000.00 en cada mes del ejercicio fiscal (salvo por las adquisiciones en efectivo de cheques de caja), de modo que por el excedente a dicha cantidad se pagará el tributo; asimismo, precisa que el monto señalado se determinará tomando en consideración todos los depósitos en efectivo realizados en todas las cuentas de las que el contribuyente sea titular en una misma institución del sistema financiero. S...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.