IUSera
Registro digital 2004402 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. CCLXI/2013 (10a.) · Primera Sala

CENTROS CAMBIARIOS. LOS ARTÍCULOS 81-A Y 81-B DE LA LEY GENERAL DE ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES AUXILIARES DEL CRÉDITO, ASÍ COMO QUINTO Y OCTAVO TRANSITORIOS DEL DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 3 DE AGOSTO DE 2011, ESTABLECEN DE MANERA CLARA Y PRECISA LOS REQUISITOS PARA LA OPERACIÓN DE AQUÉLLOS, POR LO QUE NO VULNERAN EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD.

Constitucional y Amparo Financiero y Bancario
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Texto de la tesis

De los preceptos citados, se advierte que establecen de manera clara y precisa el procedimiento para la obtención del registro como sociedad anónima, ya que de acuerdo con el artículo 81-B de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, es requisito que el objeto social de los centros cambiarios consista en la realización habitual y profesional de las operaciones a que se refiere el artículo 81-A de dicha ley; que agreguen a su denominación social la expresión "centro cambiario"; que cuenten con establecimientos físicos destinados exclusivamente a la actividad de su o...

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