IUSera
Registro digital 2004381 · Tesis aislada · 10a. Época · IV.1o.P.6 P (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

AMPARO CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE CONFIRMA LA NEGATIVA DE ORDEN DE APREHENSIÓN. SI NO SE LIBRÓ POR ACTUALIZARSE UNA CAUSA DE EXCLUSIÓN DEL DELITO, Y EL EXPEDIENTE SE DEVOLVIÓ AL MINISTERIO PÚBLICO CON MOTIVO DEL PRONUNCIAMIENTO DE FONDO EFECTUADO Y NO PARA EL REPLANTEAMIENTO DE LA ACCIÓN PENAL O LA PRÁCTICA DE NUEVAS PRUEBAS, NO SE ACTUALIZA LA CAUSA DE IMPROCEDENCIA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 73, FRACCIÓN V, DE LA LEY DE AMPARO, VIGENTE HASTA EL 2 DE ABRIL DE 2013 (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN).

Constitucional y Amparo Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Si el Juez de la causa o el tribunal de apelación niega la solicitud de orden de aprehensión, por considerar que no están reunidos los requisitos del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y se solicita replantear el auto en que se ejercita la acción penal o la práctica de nuevas pruebas, de conformidad con el artículo 200 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Nuevo León, se regresará el expediente al Ministerio Público, a efecto de que realice un nuevo ejercicio de la acción penal o desahogue nuevas pruebas. En este caso, contra la resolución que...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.