ACUMULACIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO. PARA EL DICTADO DE LA SENTENCIA, EL JUEZ DE DISTRITO DEBE ANALIZAR TANTO LAS PRETENSIONES COINCIDENTES, COMO LAS DIFERENTES O PARTICULARES DE CADA EXPEDIENTE ACUMULADO.
Texto de la tesis
Los artículos 57 a 63 de la Ley de Amparo vigente hasta el 2 de abril de 2013, regulan la acumulación en el juicio de amparo; figura procesal respecto de la cual esta Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado que su existencia obedece a razones de economía procesal y a la necesidad y conveniencia de evitar que, de seguirse separadamente los diversos procesos, pudieran dictarse sentencias contradictorias; sin embargo, la circunstancia de decretar la acumulación y emitir una sola sentencia no se traduce en que el Juez pueda dejar de respetar la independencia o individualidad de los e...
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