IUSera
Registro digital 2004300 · Tesis aislada · 10a. Época · VI.1o.A.21 K (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

QUEJA EN CONTRA DEL AUTO QUE TIENE POR NO PRESENTADA LA DEMANDA DE AMPARO. ES MATERIA DE ELLA LA LEGALIDAD DEL ACUERDO QUE MANDA ACLARARLA O COMPLETARLA (APLICACIÓN DE LA LEY DE AMPARO VIGENTE A PARTIR DEL 3 DE ABRIL DE 2013).

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Contra el auto que manda aclarar o completar la demanda de garantías, dictado con fundamento en el artículo 114 de la Ley de Amparo, no procede el recurso de queja porque no ocasiona, por sí mismo, un perjuicio irreparable, como lo exige el inciso e), fracción I del artículo 97 de la misma ley, en la medida en que, de cumplimentarse lo prevenido, procedería la admisión de la demanda. Así, el perjuicio irreparable sólo se produciría si el Juez de Distrito, por estimar no cumplimentado o indebidamente cumplimentado el requerimiento formulado, tuviera por no presentada la demanda. Ahora bien, si...

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