IUSera
Registro digital 2004121 · Tesis aislada · 10a. Época · V.2o.P.A.4 A (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

TERCERO INTERESADO EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. CUANDO NO SE INDICA EN LA DEMANDA, CORRESPONDE AL MAGISTRADO INSTRUCTOR DETERMINAR, FUNDADA Y MOTIVADAMENTE, SU EXISTENCIA, Y SÓLO SI CONSIDERA QUE EXISTE, PUEDE REQUERIR AL ACTOR PARA QUE LO SEÑALE.

Procesal y Justicia Administrativo
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Texto de la tesis

De acuerdo con los artículos 3o., fracción III y 14, fracción VII y antepenúltimo párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, es parte en el juicio contencioso administrativo el tercero que tenga un derecho incompatible con la pretensión del demandante y, cuando lo haya, en la demanda debe indicarse su nombre y domicilio, así como, en caso de que se omita hacerlo, el Magistrado instructor requerirá al promovente para que los señale dentro del término de cinco días. Lo anterior lleva a concluir que cuando en la demanda no hay señalamiento al respecto, ello resulta in...

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