REENVÍO DEL EXPEDIENTE A LA SEDE ADMINISTRATIVA. ES IMPROCEDENTE SI LA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA DECLARA ILEGAL EL SOBRESEIMIENTO DEL RECURSO IMPUGNADO Y EXISTEN ELEMENTOS JURÍDICOS SUFICIENTES PARA PRONUNCIARSE SOBRE EL FONDO DEL ASUNTO.
Texto de la tesis
Al interpretar el artículo 197 del Código Fiscal de la Federación, derogado por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de diciembre de 2005, en vigor hasta el 31 siguiente, cuyo contenido es sustancialmente similar al del artículo 1o. de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó, en la jurisprudencia 2a./J. 27/2008, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVII, marzo de 2008, página 152, de rubro: "LITIS ABIERTA EN EL JUICIO DE NULIDAD ANTE...
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