IUSera
Registro digital 2004016 · Tesis aislada · 10a. Época · I.11o.C.28 C (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

JUICIO DE ARRENDAMIENTO INMOBILIARIO. SU CONCLUSIÓN ANTICIPADA SE ENCUENTRA CONDICIONADA A QUE LA PARTE ACTORA ÚNICAMENTE HUBIERA RECLAMADO EL PAGO DE RENTAS ATRASADAS.

Civil y Familiar Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

A fin de que el juzgador esté en la posibilidad de emitir resolución que ponga fin al juicio de arrendamiento inmobiliario, es menester que se actualicen los supuestos previstos en el artículo 962 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, consistentes, el primero, en la existencia de una demanda de pago de rentas atrasadas, en donde la parte actora tiene la prerrogativa de solicitar que se requiera al demandado que acredite su pago, y en caso de no hacerlo, se le embarguen bienes suficientes para cubrir los respectivos adeudos, y el segundo, referente a que el demandado ac...

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