IUSera
Registro digital 2003952 · Tesis aislada · 10a. Época · III.4o.T.10 L (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

CONVENIO. ES REQUISITO DE VALIDEZ QUE SE RATIFIQUE ANTE LA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE.

Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De una interpretación teleológica al segundo párrafo del artículo 33 de la Ley Federal del Trabajo, y atento a la exposición de motivos emitida por la Cámara de Diputados a la Ley Federal del Trabajo publicada el uno de abril de mil novecientos setenta, se concluye que para que todo convenio o liquidación sea válido, debe reunir los requisitos siguientes: a) Consentimiento de las partes; b) Constar por escrito; c) Relación circunstanciada de hechos y derechos; y, d) Ratificación ante la Junta de Conciliación y Arbitraje. De ahí que, la ratificación del convenio ante la autoridad jurisdiccional...

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