IUSera
Registro digital 2003946 · Tesis aislada · 10a. Época · VI.1o.C.31 C (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

CONTRATO DE PROMESA DE COMPRAVENTA. OPERA SU RESCISIÓN DESPUÉS DE VENCIDO EL PLAZO QUE SE ESTIPULÓ EN ÉSTE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

Civil y Familiar
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Del contenido de los artículos 2111 y 2120 del Código Civil para el Estado de Puebla se advierte que si vencido el plazo determinado en la promesa bilateral de contratar, no se cumple la obligación de hacer, contenida en dicha convención el perjudicado puede demandar: 1. El cumplimiento de la promesa de contratar y dar al contrato la forma legal correspondiente; o 2. La rescisión de la promesa bilateral de contratar. Destacando que, en ambos casos, tanto en el cumplimiento como en la rescisión, puede demandarse la reparación de los daños y perjuicios causados. Por tanto, el segundo numeral est...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.