ADMINISTRADORAS PORTUARIAS INTEGRALES. CONTRAPRESTACIONES QUE REGULA LA LEY DE PUERTOS.
Texto de la tesis
La Ley de Puertos contempla tres diferentes tipos de contraprestaciones: 1) la que la Administradora Portuaria Integral (API) paga al Gobierno Federal por la concesión de la administración integral del puerto; 2) la que los terceros operadores pagan a la API con base en los contratos de cesión parcial de derechos que celebran; y, 3) la que dichos terceros cobran a los usuarios de los servicios. En los términos del artículo 37 de la Ley de Puertos, la contraprestación que la API paga al Gobierno Federal por la concesión de la administración integral del puerto no está sujeta a la Ley Federal de...
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