IUSera
Registro digital 2003806 · Tesis aislada · 10a. Época · I.8o.A.40 A (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

VISITA DOMICILIARIA. PARA QUE LAS AUTORIDADES ESTÉN OBLIGADAS A CONCLUIRLA ANTICIPADAMENTE PORQUE EL CONTRIBUYENTE HAYA OPTADO POR DICTAMINAR SUS ESTADOS FINANCIEROS POR CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO, ES NECESARIO NO SÓLO QUE AQUÉL HAYA MANIFESTADO ESA DECISIÓN AL MOMENTO DE PRESENTAR SU DECLARACIÓN ANUAL, SINO TAMBIÉN QUE HAYA PRESENTADO EL DICTAMEN (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2008 Y 2009).

Fiscal y Hacendario
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De la interpretación del artículo 32-A, quinto y sexto párrafos, del Código Fiscal de la Federación, vigente en 2008 y 2009, se colige que la opción de los contribuyentes de hacer dictaminar sus estados financieros por contador público autorizado, cuando no estén obligados a ello, se ejerce no sólo con la presentación del aviso correspondiente en la declaración del impuesto sobre la renta del ejercicio por el que se ejerza la opción, sino también con la presentación, dentro de los plazos autorizados, del dictamen relativo y de la información y documentación, a más tardar el 30 de junio del año...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.