IUSera
Registro digital 2003765 · Tesis aislada · 10a. Época · VI.1o.A.50 A (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

SEGURO SOCIAL. LA RESOLUCIÓN RECAÍDA A LA SOLICITUD DE DESACUERDO PREVISTA EN EL ARTÍCULO 41 DEL REGLAMENTO DE LA LEY RELATIVA EN MATERIA DE AFILIACIÓN, CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS, RECAUDACIÓN Y FISCALIZACIÓN, ES IMPUGNABLE ANTE EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA Y OPERA EN FAVOR DEL PARTICULAR EL PRINCIPIO DE LITIS ABIERTA.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

De los artículos 41 a 44 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, se advierte que la solicitud de desacuerdo prevista en el primero de los numerales citados, constituye una instancia que reúne las características propias de un recurso administrativo, definidas por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la tesis de rubro: "RECURSOS ADMINISTRATIVOS, FORMULISMOS Y EXIGENCIAS DE EXPRESIÓN EN LOS. NO SON ESENCIALES PARA QUE PROCEDAN.", consistentes en: a) La existencia de una resolución que...

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