PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO. EL ARTÍCULO 3, FRACCIÓN I, DEL CÓDIGO RELATIVO, NO IMPIDE AL JUZGADOR EXAMINAR LA CONTROVERSIA A PARTIR DE LA INTERPRETACIÓN CONJUNTA O SISTEMÁTICA DE LOS PRECEPTOS CONTENIDOS EN ESE CUERPO LEGISLATIVO.
Texto de la tesis
Conforme a ese precepto normativo, el procedimiento y proceso administrativos deben desarrollarse atendiendo a los principios de legalidad, sencillez, celeridad, oficiosidad, eficacia, publicidad, gratuidad y buena fe. Del mismo modo, el precepto prevé que el juzgador debe ajustarse estrictamente a las disposiciones del propio ordenamiento jurídico. Bajo esas reglas, es posible concluir que la voluntad del creador del precepto fue otorgar atribuciones al operador de la norma para analizar la problemática puesta a su jurisdicción, a través del examen conjunto de las disposiciones contenidas en...
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