PREFERENCIA SEXUAL. NO ES UN ASPECTO PERTINENTE PARA LA CALIFICACIÓN DE LA PERICIA PROFESIONAL.
Texto de la tesis
A consideración de esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la preferencia sexual no puede constituirse en un elemento válido para criticar la pericia profesional de un determinado grupo de personas, pues tal opción personal representa un aspecto irrelevante para la realización de las labores profesionales. En efecto, la pericia con la cual una persona despliega una labor determinada, bajo ningún supuesto puede ser cuestionada en razón de categorías personales que no tienen vínculo alguno con las tareas llevadas a cabo, máxime cuando la preferencia sexual se trata de un...
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