IUSera
Registro digital 2003676 · Tesis aislada · 10a. Época · 2a. XLI/2013 (10a.) · Segunda Sala

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS. EN LAS RELACIONES LABORALES CON SUS TRABAJADORES EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA NO TIENE LA CALIDAD DE PATRÓN.

Laboral y Seguridad Social Administrativo
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Esta Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado que, dada su autonomía jerárquica, los organismos descentralizados no están subordinados al Presidente de la República, pues éste ejerce sólo un control de manera mediata e indirecta, en tanto que en la administración pública paraestatal no existe con el Poder Ejecutivo una relación de jerarquía directa, de ahí que las relaciones laborales de los trabajadores que prestan sus servicios a dichos organismos son ajenas al Presidente de la República, de forma que éste no puede tener la calidad de patrón sino los propios organismos descentra...

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