IUSera
Registro digital 2003664 · Tesis aislada · 10a. Época · VI.3o.A.2 K (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

NOTIFICACIONES EN EL JUICIO DE AMPARO. LAS PRACTICADAS A LAS AUTORIDADES QUE SE OSTENTAN COMO QUEJOSAS SURTEN SUS EFECTOS EL DÍA SIGUIENTE AL EN QUE SE LLEVAN A CABO.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Las notificaciones practicadas a las autoridades que se ostentan como quejosas dentro del juicio de amparo, surten sus efectos el día siguiente al en que se llevan a cabo, conforme al artículo 34, fracción II, de la ley de la materia. Esto es así, porque las únicas comunicaciones oficiales que surten sus efectos de inmediato son las que se practican a las responsables y, cuando una autoridad reclama una sentencia pronunciada por un tribunal judicial o administrativo en un juicio en el que fungió como demandada, no tiene ese carácter, pues no es la naturaleza intrínseca del órgano de la adminis...

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