IUSera
Registro digital 2003616 · Tesis aislada · 10a. Época · I.7o.C.30 C (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

JUICIO ORAL MERCANTIL. ES INCONSTITUCIONAL LA PREVENCIÓN QUE EXIGE LA CUANTIFICACIÓN DE LAS PRESTACIONES ACCESORIAS RECLAMADAS EN ESA VÍA.

Constitucional y Amparo Mercantil Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La prevención que se formula al actor en un juicio oral mercantil, para que cuantifique desde la demanda todas las prestaciones que reclama, incluso las accesorias, no encuentra sustento en el artículo 1390 Bis 11 del Código de Comercio, pues si bien es cierto que, conforme a sus fracciones IV y VII, son requisitos de la demanda la fijación del objeto u objetos que se reclamen con sus accesorios y el valor de lo demandado, ello no debe llevarse al extremo de pretender la liquidación de cuanta prestación se reclame y mucho menos de exigirla como si ya se hubiera resuelto en definitiva la proced...

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