INDÍGENA CON CARÁCTER DE INCULPADO. SU CALIDAD Y EL RECONOCIMIENTO TANTO DE SUS DIFERENCIAS Y DERECHOS A NIVEL CONSTITUCIONAL COMO DEL ACCESO PLENO A LA JURISDICCIÓN DEL ESTADO CONSTITUYEN UN PARÁMETRO DE VALORACIÓN AL JUZGAR EL HECHO DELICTIVO Y SU RESPONSABILIDAD PENAL, LO QUE NO IMPLICA DESCONOCER LOS DERECHOS DE LA VÍCTIMA AL RESARCIMIENTO DEL BIEN JURÍDICO TUTELADO Y A LA REPARACIÓN DEL DAÑO (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL).
Texto de la tesis
Conforme al artículo 2o., apartado A, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los pueblos y las comunidades indígenas tienen derecho al pleno acceso a la jurisdicción del Estado, y para garantizarlo en todos los juicios y procedimientos en que sean parte, deberán tomarse en cuenta sus costumbres y especificidades culturales, por lo que tienen en todo tiempo el derecho a ser asistidos por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura; esta garantía y la efectividad de los derechos indígenas, se refleja en el procedimiento penal, en l...
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