IUSera
Registro digital 2003566 · Tesis aislada · 10a. Época · XXVII.1o.(VIII Región) 24 L (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

EMPLAZAMIENTO EN MATERIA LABORAL. EL HECHO DE QUE CON MOTIVO DE LA EJECUCIÓN DEL LAUDO EL DEMANDADO HAYA REINSTALADO AL TRABAJADOR, NO SIGNIFICA UN CONSENTIMIENTO EXPRESO O TÁCITO DE DICHO ACTO QUE IMPIDA SU RECLAMO COMO TERCERO EXTRAÑO A JUICIO POR EQUIPARACIÓN EN AMPARO INDIRECTO.

Constitucional y Amparo Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Cuando se reclama en un juicio de amparo indirecto el emplazamiento por su falta o ilegalidad, así como lo actuado con posterioridad, incluyendo el laudo, y aparece que la demandada reinstaló al trabajador cuando se le requirió su cumplimiento, tal hecho no constituye un consentimiento (expreso o tácito) para reclamar el emplazamiento, porque el consentimiento del laudo por parte del patrón respecto de la acción de reinstalación es autónomo e independiente del reclamo de la violación al derecho fundamental de audiencia, tan es así que al encontrarse el juicio en etapa de ejecución, el medio id...

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