IUSera
Registro digital 2003558 · Tesis aislada · 10a. Época · VII.1o.(IV Región) 8 L (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. PUEDE DELEGAR SUS FACULTADES DE REPRESENTACIÓN A FAVOR, TANTO EN OTROS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ORGANISMO, COMO EN ALGÚN TERCERO EXTERNO A ÉSTE (INTERPRETACIÓN DE LA FRACCIÓN VI DEL ARTÍCULO 66 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL).

Administrativo
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Texto de la tesis

De conformidad con los artículos 268, fracción III, de la Ley del Seguro Social y 66, fracciones I y VI y último párrafo, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, su director general lo representa con todas las facultades que corresponden a los mandatarios generales para pleitos y cobranzas, actos de administración y de dominio y de las especiales que requieran cláusula especial conforme al Código Civil Federal, incluyendo la facultad expresa para conciliar ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje; asimismo, entre otras, cuenta con la de "delegar" esa representación...

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