VALOR AGREGADO. LA OBLIGACIÓN DE PAGO SE SURTE A CARGO DEL ADQUIRENTE O COMPRADOR CUANDO NO SE CERCIORA SI EL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO CUENTA O NO CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS.
Texto de la tesis
Conforme al artículo 1o.-A, fracción III, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, vigente en 2005, están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que adquieran bienes tangibles, o los usen o gocen temporalmente, que enajenen u otorguen residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país. Por ende, en caso de que esas mercancías o bienes se adquieran por una persona física o moral, ésta tiene la obligación de cerciorarse si el residente en el extranjero cuenta o no con establecimiento permanente en el país, pues de no hacerlo, el...
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