IUSera
Registro digital 2003429 · Jurisprudencia · 10a. Época · 1a./J. 135/2012 (10a.) · Primera Sala

TRÁFICO DE INDOCUMENTADOS. EL LEGISLADOR REALIZÓ UNA TRASLACIÓN NORMATIVA DE ESTE DELITO PREVISTO ORIGINALMENTE EN EL DEROGADO ARTÍCULO 138 DE LA LEY GENERAL DE POBLACIÓN AL DIVERSO 159 DE LA LEY DE MIGRACIÓN.

Penal Seguridad Pública y Nacional
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Texto de la tesis

Del estudio comparativo de los artículos 159 de la Ley de Migración (vigente a partir del 26 de mayo de 2011) y 138 de la Ley General de Población derogado, se advierte que ambos tipifican las siguientes conductas: I. Llevar con el propósito de tráfico a una o más personas a internarse en otro país sin la documentación correspondiente; II. Introducir sin la documentación correspondiente, a uno o varios extranjeros a territorio mexicano; y, III. Albergar o transportar por el territorio nacional a extranjeros con el fin de evadir la revisión migratoria. Así, de las conductas descritas deriva una...

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