IUSera
Registro digital 2003428 · Jurisprudencia · 10a. Época · 2a./J. 44/2013 (10a.) · Segunda Sala

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. PLAZO PARA CUMPLIR CON EL LAUDO QUE AUTORIZA SU CESE.

Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El término para hacer efectiva la autorización de cese de los trabajadores al servicio del Estado, contenida en un laudo dictado por el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, no es el de 4 meses a que se refiere el artículo 113, fracción II, inciso c), de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, ni el de 2 años señalado en el artículo 114, fracción III, de la indicada ley, sino el de 15 días, como lo prevé el artículo 945 de la Ley Federal del Trabajo vigente, de aplicación supletoria a la ley burocrática federal, debido a que el cumplimiento de ese tipo de laudos no p...

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