SUSPENSIÓN PROVISIONAL CONTRA LA RESOLUCIÓN DE UN TRIBUNAL UNITARIO DE CIRCUITO QUE ORDENA AL JUEZ DE DISTRITO DECLINAR SU COMPETENCIA A FAVOR DEL JUEZ PENAL DEL FUERO COMÚN. DEBE CONCEDERSE PARA EL EFECTO DE QUE, DE ACEPTARSE ÉSTA, LA AUTORIDAD LOCAL CONTINÚE CON EL PROCEDIMIENTO HASTA EL CIERRE DE LA INSTRUCCIÓN Y LO SUSPENDA HASTA QUE LE SEA NOTIFICADA LA DETERMINACIÓN QUE RESUELVE EN DEFINITIVA DICHA MEDIDA CAUTELAR.
Texto de la tesis
Cuando se reclama la resolución del Tribunal Unitario de Circuito que ordena al Juez de Distrito declinar su competencia a favor del Juez Penal del fuero común, debe concederse la suspensión provisional para el efecto de que, en caso de aceptarse aquélla, la autoridad local continúe con el procedimiento respectivo hasta el dictado del auto en que ordene el cierre de la instrucción correspondiente, debiendo suspenderlo hasta que le sea notificada la determinación que resuelve en definitiva dicha medida cautelar; ello, en debido equilibrio del interés colectivo de que no se paralice o interrumpa...
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