IUSera
Registro digital 2003314 · Jurisprudencia · 10a. Época · 1a./J. 117/2012 (10a.) · Primera Sala

MIGRACIÓN. EL ARTÍCULO DÉCIMO TRANSITORIO DE LA LEY RELATIVA, NO CONSTITUYE UNA LEY PRIVATIVA DE LAS PROHIBIDAS POR EL ARTÍCULO 13 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Constitucional y Amparo Seguridad Pública y Nacional
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Texto de la tesis

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que las leyes privativas que refiere el mencionado precepto constitucional, son las dirigidas a personas nominalmente designadas, que atienden a criterios subjetivos y que pierden su vigencia después de aplicarse al caso previsto y determinado de antemano. Ahora bien, el artículo décimo transitorio de la Ley de Migración, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de mayo de 2011, al establecer que los procedimientos penales iniciados antes de la entrada en vigor de la propia ley por el delito previsto en el artículo 138 de la L...

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