EMPLAZAMIENTO EN MATERIA LABORAL. SI NO SE ENCONTRÓ AL INTERESADO O A SU REPRESENTANTE Y EL ACTUARIO DEJÓ CITATORIO DE ESPERA, DEBE GLOSARSE COPIA DE ÉSTE A LOS AUTOS PARA VERIFICAR QUE EN LA CITACIÓN SE CUMPLIERON LAS FORMALIDADES DEBIDAS.
Texto de la tesis
Cuando en un juicio laboral el emplazamiento de la demandada se practique mediando el citatorio a que alude la fracción III del artículo 743 de la Ley Federal del Trabajo -la cual dispone que en caso de que no se encuentre presente el interesado o su representante, el actuario le dejará el citatorio correspondiente, para que le aguarde al día siguiente a una hora determinada-, dada la trascendencia del acto, resulta indispensable glosar copia de éste a los autos del sumario. Ello es así, pues aun cuando no se prevé expresamente la obligación de que el notificador agregue al expediente la refer...
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