IUSera
Registro digital 2003252 · Tesis aislada · 10a. Época · XI.C.2 K (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

CONTROL DE CONVENCIONALIDAD. LA PLURALIDAD DE RECURSOS NO SE ENCUENTRA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 25.1, DE LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS, NI EN LOS DIVERSOS 14 Y 17 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Constitucional y Amparo Derechos Humanos Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De conformidad con el artículo 25.1, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos: "Toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro recurso efectivo ante los Jueces o tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, la ley o la presente convención, aun cuando tal violación sea cometida por personas que actúen en ejercicio de sus funciones oficiales.". Por su parte, los artículos 14 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, consagran los derechos de audiencia y de a...

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