COMPETENCIA POR TERRITORIO PARA CONOCER DEL AMPARO INDIRECTO CONTRA UNA LEY HETEROAPLICATIVA. SE SURTE A FAVOR DEL JUEZ DE DISTRITO QUE EJERZA JURISDICCIÓN EN EL LUGAR DE RESIDENCIA DE LA AUTORIDAD QUE LA APLICÓ, NO OBSTANTE QUE NO HAYA SIDO SEÑALADA COMO RESPONSABLE.
Texto de la tesis
El artículo 36 de la Ley de Amparo establece las reglas que deben observarse para determinar la competencia territorial de los Jueces de Distrito, una de las cuales, según su párrafo primero, establece que si el acto reclamado es susceptible de ejecución, será competente el Juez que ejerza jurisdicción en el lugar donde aquél deba tener ejecución, trate de ejecutarse, se ejecute o se haya ejecutado. Sin embargo, ni el citado dispositivo ni algún otro aplicable al caso, disponen que las reglas para determinar la indicada competencia territorial, aplicarán siempre y cuando la autoridad involucra...
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