REMATE. ANTE LA AUSENCIA DE POSTORES NO PUEDE HABLARSE TÉCNICAMENTE DE SU EXISTENCIA, POR NO HABER SUBASTA O CONCURSO DE POSTURAS Y, POR CONSIGUIENTE, LA DECLARATORIA DE "FINCAMIENTO DEL REMATE" [ACLARACIÓN DE LA TESIS III.1O.C.93 C (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO)].
Texto de la tesis
En una nueva reflexión sobre el tema abordado en la tesis III.1o.C.93 C, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IX, mayo de 1999, página 1065, de rubro: "REMATE. LAS ETAPAS DE QUE CONSTA LA AUDIENCIA, DEBEN REALIZARSE EN UNA SOLA DILIGENCIA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).", este tribunal estima pertinente aclararla, para puntualizar que la subasta judicial no necesariamente debe contener tanto el fincamiento del remate como la adjudicación para que sea válida, puesto que la expresión "fincamiento de remate" es empleada por el legislador para de...
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