IUSera
Registro digital 2003119 · Tesis aislada · 10a. Época · P. XIX/2013 (10a.) · Pleno

PROPAGANDA DE ATAQUE. EL ARTÍCULO 81, FRACCIÓN V, DEL CÓDIGO ELECTORAL PARA EL ESTADO DE VERACRUZ, QUE LA PROHÍBE, NO ES INCONSTITUCIONAL.

Constitucional y Amparo Electoral
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 41, fracción III, apartado C, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que en la propaganda política o electoral que difundan los partidos políticos deberán abstenerse de emitir expresiones que denigren a las instituciones y a los propios partidos o que calumnien a las personas, esto es, se trata del fundamento constitucional expreso para la prohibición de este tipo de expresiones en la propaganda en campaña electoral. En este sentido, si bien el artículo 81, fracción V, del Código Electoral para el Estado de Veracruz utiliza términos coincidentes con l...

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