IUSera
Registro digital 2003101 · Tesis aislada · 10a. Época · XXX.1o.7 P (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

PERDÓN DEL OFENDIDO EN EL DELITO DE ATENTADOS AL PUDOR. SI LA VÍCTIMA ES MENOR DE EDAD Y SUS PADRES LO OTORGAN, NO DEBE SOBRESEERSE EN LA CAUSA DE ORIGEN PUES, ATENDIENDO AL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR DEBE IMPEDIRSE SU REVICTIMIZACIÓN EN EL PROCESO JUDICIAL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES).

Penal Derechos Humanos
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la tesis 1a. XV/2011, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXIII, febrero de 2011, página 616, de rubro: "INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO. FUNCIÓN EN EL ÁMBITO JURISDICCIONAL.", estableció que el interés superior del niño es un principio rector y orientador de la actividad interpretativa de los órganos jurisdiccionales relacionada con cualquier norma jurídica que tenga que aplicarse cuando puedan afectarse sus derechos. Por su parte, del "Protocolo de actuación para quienes imparten justic...

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