JUICIOS DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD. CONTRA LA DECISIÓN QUE DECRETE LA PENSIÓN ALIMENTICIA PROVISIONAL A FAVOR DEL PRETENDIDO HIJO Y A CARGO DEL DEMANDADO PROCEDE EL RECURSO DE APELACIÓN Y NO EL DE RECLAMACIÓN, PREVIO AL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).
Texto de la tesis
En los juicios de reconocimiento de paternidad, en los que se decreten provisionalmente los alimentos a favor del pretendido hijo y a cargo del demandado, en virtud de la presunción de filiación a que se contrae el artículo 289 Ter del Código Civil para el Estado de Veracruz, no puede ni debe determinarse que por analogía o mayoría de razón, previo a la promoción del juicio de amparo indirecto en contra de tal decisión, el demandado deba agotar el recurso ordinario previsto en el artículo 210 del Código de Procedimientos Civiles para esa entidad, ya que en el numeral aludido en primer término,...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.