IUSera
Registro digital 2003056 · Jurisprudencia · 10a. Época · 2a./J. 29/2013 (10a.) · Segunda Sala

INCONFORMIDAD CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE TIENE POR CUMPLIDA UNA SENTENCIA DE AMPARO. SON INOPERANTES LOS AGRAVIOS ENCAMINADOS A CUESTIONAR LA LEGALIDAD DE LA RESOLUCIÓN DICTADA EN CUMPLIMIENTO DE AQUÉLLA.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Conforme al artículo 105 de la Ley de Amparo, la materia de la inconformidad se limita al análisis del cumplimiento de la sentencia de amparo; por tanto, los argumentos del inconforme deben constreñirse a impugnar los motivos y fundamentos que sirvieron de sustento a los Tribunales Colegiados de Circuito para determinar que se cumplió con el fallo protector. En ese sentido, son inoperantes los agravios encaminados a cuestionar la legalidad de la nueva sentencia que se hubiera pronunciado en su acatamiento.

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