COSTAS EN UN JUICIO DE DIVORCIO NECESARIO PROMOVIDO CON BASE EN LA CAUSAL DE SEPARACIÓN DE LOS CÓNYUGES POR MÁS DE DOS AÑOS. PROCEDE SU CONDENA EN CONTRA DE QUIEN NO OBTUVO SENTENCIA FAVORABLE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).
Texto de la tesis
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 454, fracción XVI, del Código Civil para el Estado de Puebla, es causa de divorcio la separación de los cónyuges por más de dos años, independientemente del motivo que la haya originado, causal que podrá ser invocada por cualquiera de los consortes, y no existirá cónyuge culpable. Por su parte, el artículo 420 del Código de Procedimientos Civiles de la misma entidad federativa, señala que procede la condena en costas contra el que no obtuviere resolución favorable en lo principal, en los incidentes o en los recursos que el mismo ordenamiento esta...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.