IUSera
Registro digital 2002998 · Tesis aislada · 10a. Época · III.4o.T.1 L (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO. LAS RESOLUCIONES DICTADAS POR SU PLENO AL RESOLVER UN CONFLICTO LABORAL ENTRE EL PODER JUDICIAL DE DICHA ENTIDAD Y SUS SERVIDORES PÚBLICOS, AL NO CONSTITUIR SENTENCIAS DEFINITIVAS, DEBEN IMPUGNARSE EN AMPARO INDIRECTO.

Constitucional y Amparo Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Conforme al artículo 148, fracción VI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, corresponde al Pleno del Consejo de la Judicatura local resolver los conflictos de trabajo suscitados entre dicho poder y sus servidores públicos y, por virtud de ello, puede conocer de la demanda promovida por un servidor público contra la terminación de su nombramiento o falta de renovación, una vez que esto ocurra, así como de las pretensiones de reinstalación en la plaza y cargo que dicho servidor desempeñaba para determinar, en su caso, si tiene o no derecho a un nuevo nombramiento o a la e...

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