IUSera
Registro digital 2002937 · Tesis aislada · 10a. Época · II.4o.C.11 C (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

VIOLACIONES PROCESALES EN EL PROCEDIMIENTO MERCANTIL. LAS COMETIDAS EN JUICIOS DE CUANTÍA MENOR A QUINIENTOS MIL PESOS POR CONCEPTO DE SUERTE PRINCIPAL, SON IRRECURRIBLES EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 1339 DEL CÓDIGO DE COMERCIO, EN VIGOR A PARTIR DEL UNO DE ENERO DE DOS MIL DOCE (INAPLICABILIDAD DE LA JURISPRUDENCIA 1A./J. 59/2010).

Mercantil Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 1339 del Código de Comercio, que entró en vigor el uno de enero de dos mil doce, establece la irrecurribilidad de las resoluciones que se dicten en asuntos de cuantía menor a quinientos mil pesos por concepto de suerte principal, lo que, en términos de la exposición de motivos realizada por la Cámara de Senadores, implica que no procederá "recurso ordinario alguno"; ello, con la finalidad de agilizar los procedimientos. En consecuencia, las violaciones procesales cometidas en los juicios cuya cuantía sea menor a la especificada en el numeral de referencia, no deberán ser preparadas...

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