RECONOCIMIENTO DE INOCENCIA. LA INCLUSIÓN DE UN HECHO NOTORIO EN EL INCIDENTE RELATIVO CONSTITUYE UNA EXCEPCIÓN A LA REGLA DE ADMISIÓN DE PRUEBAS PREVISTA EN EL ARTÍCULO 561 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.
Texto de la tesis
El precepto citado, al prever que: "El sentenciado que se crea con derecho a obtener el reconocimiento de su inocencia, ocurrirá a la Suprema Corte de Justicia, por escrito en el que expondrá la causa en que funda su petición, acompañando las pruebas que correspondan o protestando exhibirlas oportunamente. Sólo será admitida la prueba documental, salvo que se trate del caso a que se refiere la fracción III del mismo artículo anterior."; establece la obligación expresa para que el solicitante de dicho reconocimiento aporte las pruebas o proteste exhibirlas oportunamente. Ahora bien, la emisión...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.