PENSIONES PARA LOS TRABAJADORES DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE OAXACA. EL ARTÍCULO 70 DE LA LEY RELATIVA, QUE PREVÉ EL INTERÉS QUE SE CUBRIRÁ PARA CRÉDITOS QUIROGRAFARIOS, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY, POR EL HECHO DE QUE LAS DISPOSICIONES QUE REGÍAN ANTES DE QUE INICIÓ SU VIGENCIA ESTABLECIERAN UN INTERÉS PREFERENCIAL.
Texto de la tesis
El artículo 70 de la Ley de Pensiones para los Trabajadores del Gobierno del Estado de Oaxaca, en vigor a partir del 29 de enero de 2012, prevé un interés que se cubrirá para créditos quirografarios sobre saldos insolutos, que será igual a la tasa de interés interbancaria de equilibrio más tres puntos porcentuales. Así, dicho precepto no opera sobre el pasado, por lo que no afecta derechos adquiridos -entendidos como aquellos que forman parte de la esfera jurídica de una persona- o situaciones jurídicas concretas de los trabajadores jubilados y, por tanto, no viola el principio de irretroactiv...
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