NOTIFICACIONES DE CARÁCTER FISCAL. SON INOPERANTES LOS AGRAVIOS DIRIGIDOS A IMPUGNAR LA CONSTITUCIONALIDAD DE LAS NORMAS GENERALES QUE LAS PREVÉN CON EL ARGUMENTO DE QUE SON CONTRARIAS AL PRINCIPIO DE LEGALIDAD TRIBUTARIA.
Texto de la tesis
El Tribunal en Pleno de esta Suprema Corte de Justicia, al resolver la contradicción de tesis 375/2010, determinó esencialmente que la obligación sustantiva de pago de las contribuciones se rige por los principios de justicia tributaria previstos en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y que éstos pueden tener operatividad en obligaciones accesorias y en deberes formales cuando tengan origen y consecuencias tributarios, lo cual tiene como apoyo la doble calidad que puede tener el sujeto pasivo de la relación tributaria, atento a si las oblig...
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